DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se condena al ciudadano ERICK SANTIAGO YEPEZ VILORIA, titular de la cedula de identidad Nº- 23.881.309, venezolano, natural de Barquisimeto, de 19 años de edad, Soltero, estudiante, con domicilio Tierra Negra, Av. Simón Rodríguez con calle La Fundación, casa Nº 26, de Barquisimeto del Estado Lara, a sufrir la pena de Diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.
SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: Se acuerda mantener la medida de coerción personal que pesa sobre el acusado.
CUARTO: Se orde.....