Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Sexto de Juicio, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: se DECRETA CAMBIO DE ARRESTO DOMICILIARIO A PRESENTACIONES de los acusados: PEDRO OSMARLY RODRIGUEZ, CARLOS ALBERTO YEPEZ Y CARLOS LUIS SANCHEZ LOPEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 20.350.205 20.350.265 y 20.929.204; respectivamente, por la establecida en el artículo 256 Ordinal 3ero. Como lo presentarse ante la taquilla del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, cada 30 días. SEGUNDO: Líbrense la correspondiente Boleta de Libertad.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese, Cúmplase.-