Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, Administrado Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ADMITE preliminarmente la pretensión de Amparo Constitucional deducida por los ciudadanos Oswaldo Antonio Mierres Quintero, Mayre Coromoto Sánchez, Jorge Jesús Martínez Barrios, Maryuri Jazminia Corro Fernández, Josefat Torres Tuya, Hada Miner Arciniegas Sánchez y Eufemia María Ibáñez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.364.947, 11.669.785, 6.903.637, 13.487.220, 22.356.694, 24.275.245 y 13.419.499, en su orden, de conformidad con lo establecido en los artículos 7, 19, 20, 23, 26, 27, 49, ordinales 1º, 2º, 3º, 4º y 8º, y artículo 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como de los ordinales 1º, 2º y 3º del artículo.....