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Decisiones del dia 12/06/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP42-G-2011-000314 N° Sentencia : 2012-0249 Fecha: 12/06/2012
Procedimiento:
Demanda. Medida Cautelar. Admisión.
Partes:
PROMOCIONES RECREATIVAS VENEZOLANAS, C.A. CONTRA EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE CASINOS, SALAS DE BINGO Y MÁQUINAS TRAGANÍQUELES.
Resumen:
-Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por el apoderado judicial de la parte actora, de la siguiente manera: En cuanto al mérito favorable de los autos se advierte que ello no constituye medio de prueba alguno, pues el Juez está obligado a pronunciarse sobre todo lo alegado y probado en las actas en base a los principios previstos en el art. 509 del CPC; Respecto al mérito favorable de las documentales indicadas en el numeral 1 del escrito, las admite cuanto ha lugar en derecho se requiere por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva y por cuanto la misma cursa a los autos, manténganse en el expediente; En cuanto a la documentales indicadas en el numeral 2 la admite.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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N° Expediente : AP42-G-2011-000314 N° Sentencia : 2012-0250 Fecha: 12/06/2012
Procedimiento:
Demanda. Medida Cautelar. Admisión.
Partes:
PROMOCIONES RECREATIVAS VENEZOLANAS, C.A. CONTRA EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE CASINOS, SALAS DE BINGO Y MÁQUINAS TRAGANÍQUELES.
Resumen:
- Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por el apoderado judicial de la parte actora, de la siguiente manera: En cuanto a las documentales promovidas en el Capítulo I, particulares "Primero, Segundo, Tercero Cuarto Quinto y Sexto", de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil y cursantes a los folios 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 191, al 230 del expediente judicial este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho se requiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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N° Expediente : AP42-G-2011-000207 N° Sentencia : 2012-0251 Fecha: 12/06/2012
Procedimiento:
Demanda De Nulidad
Partes:
C.A VITA CONTRA LA DIRECCION DE INSPECTORIA NACIONAL Y OTROS ASUNTOS COLECTIVOS DEL TRABAJO DEL SECTOR PRIVADO.
Resumen:
Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó escrito de pruebas presentado por la demandante de la siguiente manera: 1.En relación al mérito favorable de los autos se advirtió que lo que consta en autos no constituye medio de prueba, sino que está dirigido a la apreciación a los ppos. de comunidad de la prueba y de exhaustividad por lo que corresponderá a la CSCA su valoración. 2.En relación a las documentales promovidas y consignadas se admitieron por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes. 3.En relación a la prueba de informes solicitadas se admitieron, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, en consecuencia, a los fines de la evacuación de las pruebas de informes solicitadas, se ordenó oficiar a cada uno de los respectivos Presidentes de las Cámaras indicadas por la parte promovente en su escrito de pruebas, para que informen lo requerido, concediéndole a cada una de las mismas cinco (5) días de despacho.-
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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