DISPOSITIVA
Por lo anterior expuesto, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de los abogados defensores Jerman Escalona y Argenis Rivero y con fundamento en el artículo 5 del Código Adjetivo Penal, ORDENA librar oficios al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines que previa coordinación con la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público, realice la INSPECCIÓN en los locales donde funcionan la PANIFICADORA YIREHT NP, C.A. Y GLOBAL GROUP, NP, C.A. y verifique y garantice el cumplimiento de la orden del Tribunal de fecha 06/04/2010. Notifíquese a las partes. Líbrese los oficios y las boletas correspondientes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
LA JUEZA OCTAVA DE CONTROL
Abg. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ
LA SECRETARIA, .....