Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 numeral º1 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara la Extinción de la Acción Penal por Muerte del Imputado LUIS YOHHANNYS PARRA cédula de identidad N ° V-16323067, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 1-03-1980, de 29 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación Comerciante, hijo de Aracelys del carmen Parra y napoleón Perdomo, residenciado en Tierra negra cerro Simón Bolívar cerca del Tamque Cristo rey , Tlf. 0416-9560276, y Se Decreta el Sobreseimiento de la Causa según lo señalado en el Artículo 300 numeral º3 Ejusdem. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los 12 días del mes de Julio del 2013. Años 20.....