Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la suspensión de efectos contra del Acto Administrativo N° CM-037-2010 de fecha 05 de mayo de 2010, emanado del Concejo Municipal del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, en la que se ratifica como fecha de egreso de la ciudadana MILAGROS RUJANO MARQUEZ el 18 de diciembre de 2009.