Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un apartamento distinguido con el N° 7-3-4, ubicado en la plata tipo nivel tres (03) del modulo o edificio siete (07) de Conjunto Residencial Doral Country Club, Segunda Etapa, que forma parte del sector "A", ubicado en el sitio denominado " El Rincón" en la Urbanización El Jardín Mañongo en jurisdicción del Municipio Naguanagua del estado Carabobo, el cual tiene una superficie aproximada de cincuenta y nueve metros cuadrados (59,00 mts2) y consta de las siguientes dependencias: sala comedor, cocina-oficios, una habitación principal con un baño, un estudio convertible y un baño auxiliar, se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con fachada Norte del Edificio; SUR: Con h.....