Este Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 08 de diciembre de 2003, por el abogado CÉSAR A. YANEZ DÍAZ, en su condición de representante judicial de la parte actora en el presente proceso, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 31 de julio de 2003, mediante la cual se declaró sin lugar la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales, presentada por el ciudadana OLIVIA MARTINEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-8.625.880, asistida por los abogados CESAR AUGUSTO YÁNEZ DÍAZ, ANTONIO COLMENAREZ DAZA, Y JOSE ALEJANDRO GIL LUQUE, venezolanos, inscritos en el I.P.S.A bajo el N° 67.746,42.....