Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, a favor del Ciudadano: Jean Carlos Centeno Velásquez, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 18.215.476, de profesión u oficio: Obrero, de 21 años de edad, residenciado en el sector el caro, casa sin numero de Charallave, al lado del taller de mecánica de los monos, parroquia santa catalina de Carúpano Estado Sucre. hijo de Adrián Centeno y Carmen Velásquez y Luís Alberto González Rivera, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 14.421.538, de profesión u oficio: Soldador, de 29 años de edad, hijo de Luís Alberto González y Rosa Delvalle Rivera y residenciado en el sector el caro, casa sin numero de Char.....