DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la pretensión, intentada por el ciudadano: SALVATORE VITAGLIANO SARNO, representado por la Abg. Alejandra Rodríguez Alvarez, contra el ciudadano: JESUS ALEXANDER BERRA CARSSIER, todos identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia, se resuelve el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, sobre la oficina N° NC8, ubicada en la parte norte del Edificio Los Próceres, carrera 17 entre calles 26 y 27, Barquisimeto, Estado Lara. Se condena a cancelar como indemnización por daños y perjuicios la cantidad de Tres Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs. 3.500.00,oo ), por la falta de pago de los cánones de arrendamientos de los meses de Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, .....