Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCIÓN POR DESPOJO, incoada por el ciudadano JUAN VICENTE SOSA GOMEZ, contra la ciudadana ORAIMA TIBISAY SOSA GOMEZ, todos supra identificados. SEGUNDO: SE REVOCA: EL Decreto Restitutorio dictado en fecha 17 de abril de 2.007, a favor del Querellante; y en consecuencia, SE ORDENA poner en posesión del inmueble a la querellada ciudadana ORAIMA TIBISAY SOSA GOMEZ, ya identificada.