Oídas las exposiciones y solicitudes de las partes, así como lo declarado por el adolescente en este acto, y revisadas las actuaciones presentadas durante la audiencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 1 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: de lo manifestado por la defensa y el Fiscal el Ministerio Publico y de la revisión de las acta que conforman el presente asunto observa que en 28 de agosto del año 2000, este tribunal realizo audiencia de conciliación al Joven Jenny José Pérez, posteriormente en fecha 16.07. 2004, previa captura se verificaron las obligaciones impuestas, declarando su incumplimiento otorgándole un lapso de 5 días para consignar constancia de estudio a lo cual el joven no cumplió, en fecha 20.07.2004, el tribunal fijo lap.....