Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a los ciudadanos PERDOMO PERALTA, DARYELIS YERALVIC y RUIZ PERALTA, DARWIN JAVIER, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-18.526.975 y V-14.031.985, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta CARMEN YELITZA PERALTA RODRIGUEZ. Tómese debida nota en el Libro Diario llevado por el Tribunal, déjese copia y devuélvase original con sus resultados.
El Juez,
Abg. Luís Rafael Alejos Pineda.
El Secretario,
Abg. Richard Al.....