En fuerza de los razonamientos antes expuestos el Juez Presidente de la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la jueza de esta Sala AURA CARDENAS MORALES, mediante acta levantada el día 17 de Abril de 2008, con fundamento en las causal prevista en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber emitido opinión, mediante decisión dictada en fecha 16 de Diciembre de 2004, en el recurso de apelación incoado por el abogado Ernesto Mathinson contra el Sobreseimiento de la causa dictado en fecha 23 de Agosto de 2004 por el Tribunal Segundo de control en la actuación signada bajo el Nº GP01-S-2004-001484, declarándose con lugar dicho recurso, siendo que el recurso de apelación respecto al cual se inhibe, fue interpuesto contra el pronunciamiento de la Jueza Novena de control que decretó nuevamen.....