DECISIÓN
Por consiguiente habiendo transcurrido más de un año, de inactividad y falta de impulso del proceso, no imputable a órgano jurisdiccional, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara la PERENCIÓN DE OFICIO del Recurso Contencioso de Nulidad, contra la Providencia Administrativa N° 842, de fecha 23 de junio de 2006, llevada bajo el expediente N° 078-2006-01-00506, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, sede Pedro Pascual Abarca, interpuesto por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por su paralización sobre un lapso superior a un año, y así se decide.
El Juez Titular,
Dr. Freddy Duque Ramírez
La Secretaria,
Abog. Sarah Franco Castellanos
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