PRIMERO: IMPROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional propuesta por los abogados ISABEL CARPIO FARIAS y PUBLIO DAVID ROJAS VALDERRAMA, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 3.735 y 8.479, respectivamente, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales de SERVICIOS INMOBILIARIOS PROFESIONALES DEL CENTRO S.R.L., contra la decisión de fecha 27.09.2010, dictada por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolita de Caracas, que declaro SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 09 y 22.02.2010, por la parte intimante, hoy accionante en amparo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.