Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los demandantes, ciudadanos MARIANGELA PARRA GUADA y JORGE GHANNEJ HAMMAL, en contra de la decisión de fecha 7 de marzo de 2014 dictada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que niega escuchar el recurso de apelación ejercido en contra de la decisión dictada por el mismo juzgado el 12 de febrero de 2014.
No hay condenatoria en costas procesales dada la naturaleza del
presente fallo.
Notifíquese a la parte demandante.