se HOMOLOGAN en todas y cada una de sus partes los acuerdos suscritos anteriormente, por los ciudadanos: SOTO RINCON RAMON HENDER ANIBAL Y SHEDYMAR GONZALEZ, identificados en autos, en Representantes del Consejo Municipal de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertador del Estado Mérida, partes Demandantes en la presente causa, y por la otra los ciudadanos CESAR HUMBERTO ANGULO CALDERON, JAVIER ANTONIO ARAUJO RANGEL Y LUZ MAYELI MOLINA GAMEZ, identificados en autos, Representantes del Consejo Municipal del Municipio Libertador del Estado Mérida, igualmente por el ciudadano Alcalde del Municipio Libertador LESTER RODRIGUEZ HERRERA, ut supra identificados, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños, niñas y adolescentes de esta entidad, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva.