La Corte declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, contra la Resolución S/N de fecha 6 de agosto de 2004, emanada del Consejo Directivo del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU) -hoy Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS); ADVIERTE al mencionado Instituto, que ha debido ordenar, como medida efectiva para la reparación de los daños ocasionados a la mencionada ciudadana, la devolución de las cantidades de dinero que constituyeron los gastos en que incurrió la denunciante y que fueron desconocidas por la recurrente, a los fines de cumplir con efectiva protección de los derechos de los consumidores y de los usuarios expresados en el artículo 117 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo cual se ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión a su Presidente. 04