En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil RESTAURANT LUNCHERÍA LA BAJADA DEL III, C.A., contra la Resolución SNAT/ INTI/ GRTI/ RCA/ DJT/ CRA/2009-003025, de fecha 17 de septiembre de 2009, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que imponen multas a la recurrente por la suma de SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 73.288,32), equivalentes a MIL NOVECIENTAS CUARENTA Y SIETE Y MEDIA UNIDADES TRIBUTARIAS (1.947,5 U.T.), con fundamento en los artículos 101, primer aparte, 102, primer aparte y 103, primer aparte, del Código Orgánico Tributario, por incurrir en los ilícitos formales que establece el numeral 1 del Art.....