CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana JULIA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad V-7.909.997, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO YARACUY, respecto al cumplimiento de la Providencia Administrativa N° 092/2009, dictada el 07 de mayo de 2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, mediante la cual se ordenó el reenganche y pago de salarios caídos a la accionante.
2. SE ORDENA a la Gobernación del Estado Yaracuy, la ejecución de la presente decisión dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la publicación del presente fallo.
3. SE ORDENA la notificación del Procurador General del Estado Yaracuy de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con el artículo 36 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público.