Con base al análisis de las actas que conforman la presente causa, este Juzgado Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de oficio la extinción de la acción penal por muerte del imputado, a tenor de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, decretándose en consecuencia conforme al primer supuesto establecido en el numeral 3 del artículo 318 ejusdem el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano Yohan Orlando Gómez, ut supra identificado, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, instruida por la Fiscalía VI del Ministerio Público en el estado Lara. Notifíquese a las partes., adjuntándose al Ministerio Público copia certificada de la presente decisión, habida cuenta que el asunto principal se encuentra desde el 25-0.....