Visto el Beneficio de Redención de fecha 11-08-2010, a favor de los ciudadanos 1.-EDUARDO PASTOR CAURO, titular de la Cedula de Identidad Nº 21.297.996, venezolano, nacido en Barquisimeto el 01-11-1989, de 20 años de edad, soltero, residenciado en el Barrio Los Rastrojos, Av. Intercomunal Los Rastrojos, Casa Nº 30, Cabudare, Estado Lara; 2.- JAIRO JESÚS SUÁREZ HERNÁNDEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 19.887.473, venezolano, nacido en la Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara el 07-09-1987, de 22 años de edad, soltero, residenciado en el Barrio 6 de Enero, calle principal, Casa Nº 69, Cabudare, Estado Lara; 3.- DEIVIS MIGUEL ORTIZ PÉREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 15.886.088, venezolano, nacido en Barquisimeto el 20-05-1981, de 29 años de edad, soltero, residenciado en la Av. Intercomunal con Calle Padre Horacio, Casa S/Nº, Cabudare, Estado Lara; donde se evidencia que es reincidente, por lo antes expuesto a este órgano jurisdiccional REFORMAR EL CÒMPUTO DE LA P.....