Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por SIMULACION, que sigue la Ciudadana GERTRUDIS VOGELER DE GARCIA, contra el ciudadano RAFAEL GARCIA LUJAN, y la Sociedad Mercantil GUARDA BOSQUE C.A., todos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se declara nula la venta efectuada por el ciudadano RAFAEL GARCIA LUJAN en representación de la ciudadana GERTRUDIS VOGELER DE GARCIA a la Sociedad Mercantil GUARDA BOSQUE C.A., todos plenamente identificados en los autos, sobre un inmueble, distinguido con la letra y el numero PH-A, ubicado en la planta quinta de la Torre A del edificio denominado GUARDA BOSQ.....