PRIMERO: Se decreta con lugar la Aprehensión del ciudadano LUIS ENRIQUE CARRIZALEZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.950.519, en flagrancia conforme al artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por el delito de delito ACOSO U HOSTIGAMIENTO, VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA Y HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos y sancionados en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 43 ejusdem en concordancia con el artículo 77.8 del Código Penal y 406.1 y 80 segundo aparte del Código Penal. SEGUNDO: Se DICTA las Medidas de Seguridad y Protección de conformidad con el artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, ordinal 6º, consistente en la prohibición al imputado de acosar, por si o por terceras personas, realizar actos de persecución, intimidación, o acoso a la mujer agredi.....