-PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en la causa, ciudadana FLOR GRISELDA MUÑOZ ARCE, en el juicio que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoara en su contra la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA GONZALEZ Y DELGADO, C.A., ambas partes plenamente identificadas.
-SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la pretensión que por Desalojo de Local Comercial incoara la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA GONZALEZ Y DELGADO, C.A., en contra de la ciudadana FLOR MUÑOZ, ambas partes plenamente identificadas en el fallo.
-TERCERO: Se CONDENA a la parte demandada en la causa, ciudadana FLOR GRISELDA MUÑOZ ARCE, a efectuar a favor de la parte actora, Sociedad Mercantil INMOBILIARIA GONZALEZ Y DELGADO, C.A, y/o sus apoderados judiciales constituidos en autos, la entrega material, real y efectiva del bien inmueble arrendado, identificado con el Nro. 54, ubicado en el Edificio Industrial Sucre, situado en la Avenida Sucre, Nro. 332-2, Catia de esta ciudad de Caracas, Parroquia Sucre delo Munic.....