V
DECISIÒN
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Antonino Colletti Livoti, actuando en su condición de Director de GRANITOS PUERTO CABELLO, S.A., (GRAPOCA), asistido por la ciudadana Carolina Ortega, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.259, admitido por este tribunal el 03 de mayo de 2006, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria de Sumario Nº RCE-DSA-540-02-000066 y las planillas de liquidación números 0494482 y 0494483 ambas del 15 de abril de 2002, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), por cuanto la contribuyente no cumplió con la obligación de retener en el momento del pago .....