Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados JORGE RAFAEL GONZÁLEZ VARGAS, venezolano, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, nacido el 05-04-89, titular de la Cédula de Identidad N° 23.584.450, hijo de Jorge Luís González y Rosa Elena Vargas, y domiciliado en Guayacán de las Flores, Sector 2, Vereda 38, Casa Nº 04, Carúpano, Estado Sucre; y YELITZA DEL CARMEN VILLARROEL, venezolana, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.908.240, nacida en fecha 26-03-89, de profesión u oficio del hogar, hija de José Vicente Villarroel y Rusela Campos, y residenciada en Guayacán de las Flores, Sector 2, Vereda 38, Casa Nº 04, Carúpano, Estado Sucre; a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, .....