III
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE EN FORMA SOBREVENIDA la acción de amparo constitucional intentada por los abogados MARIELA MAYAUDON DE MAYAUDON y ROLAND PETTERSSON STOLK, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 24.457 y 124.671, respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales del accionante ciudadano ANDRÉS LOMELLI ACOSTA, contra la presunta omisión de pronunciamiento atribuida al Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, respecto a la solicitud de nulidad de la medida de embargo preventiva pract.....