DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Ingrid Pérez Almarza, en su condición de Defensora Publica Segunda de los ciudadanos EVELIO RAFAEL SANCHEZ LOPEZ, WILLIANNYS COROMOTO SOTELDO, TIBISAY DE GONZALEZ Y JORGE LUIS CHAVEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 23/07/2014 y Fundamentada en Fecha 31/07/2014, mediante el cual le decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos EVELIO RAFAEL SANCHEZ LOPEZ, WILLIANNYS COROMOTO SOTELDO, TIBISAY DE GONZALEZ Y JORGE LUIS CHAVEZ, por la presunta comisión de los delitos TRAFICO ILICITO AGRAVADO EN MODALIDAD DE DISTRIBUCION previsto y sa.....