PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN, ejercida en fecha 23 de julio del año 2021, por el abogado HEIMOLD SUÁREZ CRESPO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 48.126, apoderado judicial de la demandada de autos ciudadana ALBA MARLENE HERNÁNDEZ DE LISBOA, titular de la cédula de identidad N° V-3.858.835 contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 16 de julio del año 2021, en el asunto judicial N° KP02-V-2019-000396.
SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de tacha de falsedad de documento público incoado por la representación judicial del ciudadano LUIS EDUARDO LISBOA HERNANDEZ, contra la ciudadana ALBA MARLENE HERNANDEZ, ambos identificados, por lo que se declara la tacha de falsedad del documento autenticado ante la Notaría Pública Tercera de Barquisimeto, en fecha 07 de abril del año 2017, bajo el N° 47, Tomo 65, folio 180 al 182, de los libro.....