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Decisiones del dia 14/01/2008

Formato:  Ficha  Lista

Sala Décimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP51-S-2006-020421 N° Sentencia : Fecha: 14/01/2008
Procedimiento:
Separación De Cuerpos
Partes:
PEDRO ENRIQUE VARGAS RUIZ Y CORINA IOLI LEAL
Resumen:
En consecuencia, esta Sala de Juicio en cuenta como se encuentra del error enunciado; se acoge al criterio reiterado del Tribunal Supremo de Justicia, con relación a las aclaratorias de las Sentencias, donde dice que los errores materiales cometidos por el Tribunal, deberán ser subsanados, sin tomar en cuenta el término establecido en el último aparte del artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. Consecuencia de ello, esta Juez Unipersonal Nº X realiza la siguiente aclaratoria de la prenombrada sentencia de Divorcio, en los siguientes términos: donde dice CORINA YOLI LEAL, debe decir CORINA IOLI LEAL. Expídanse por secretaría copias certificadas del presente auto, para lo cual se insta a la parte solicitante a que consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Mairim Ruiz Ramos
Organo:
Sala Décimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : AP51-S-2006-022918 N° Sentencia : Fecha: 14/01/2008
Procedimiento:
Separación De Cuerpos
Partes:
MANUEL ANTONIO ROJAS Y YERITZA COROMOTO BORGES SOSA
Resumen:
Por las razones antes expuestas, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN en DIVORCIO en la presente Separación de Cuerpos y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos MANUEL ANTONIO ROJAS y YERITZA COROMOTO BORGES SOSA, celebrado en fecha 03 de diciembre de 1990, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital. Conforme a lo dispuesto en los artículos 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ambos progenitores ejercerán la Patria Potestad de la adolescente SSSSSSSSSSS y del niño SSSSSSSSSSSSSS, mientras que la Guarda será ejercida por la madre, ciudadana YERITZA COROMOTO BORGES SOSA. En relación a la Obligación Alimentaria, se ratifica .....
Juez/Ponente:
Mairim Ruiz Ramos
Organo:
Sala Décimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
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