Por los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el accionante en amparo, ciudadano JOSÉ LORENZO ORTEGA HERNÁNDEZ; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 1 de diciembre de 2017 por el Juzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano JOSÉ LORENZO ORTEGA HERNÁNDEZ en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 4 de noviembre de 2016 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Ju.....