LA CORTE declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por el abogado Jorge Carlos Rodríguez Bayone, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 27.316, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS MANUEL VILLA MELÉNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.324.232 , en el recurso contencioso administrativo de nulidad, contra la Providencia Administrativa número 0001-2010, de fecha 14 de abril de 2010 y presuntamente notificada el 11 de junio de 2010, emanado de la CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO RICAURTE LIBERTAD DEL ESTADO COJEDES, mediante la cual declaró la responsabilidad administrativa, reparo y multa en contra del prenombrado ciudadano.