Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de NULIDAD DE MATRIMONIO propuesta por el ciudadano ERNESTO ENRIQUE CASTILLO, contra la ciudadana DORA DEL CARMEN ACERO MARTINEZ, ambos previamente identificados.
En consecuencia, se declara la NULIDAD del matrimonio celebrado en fecha 15 de Abril de 1966, entre los ciudadanos Ernesto Castillo y Dora del Carmen Acero Martínez, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren, Estado Lara, Partida Nº 241, Folio 230 Fte.
Remítase a esa dependencia copia certificada del presente fallo una vez quede firme, a objeto que inserte la respectiva nota marginal.
Se condena en costas a la demandada por haber resultado totalmente vencida.
Déjese copia certificada de la presente .....