En el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de junio de 2009, por la Abogada Mery García, actuando con el carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, contra la decisión dictada en fecha 18 de noviembre de 2008, por el Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano PEDRO GARCÍA GÓMEZ, debidamente asistido por el Abogado Jorge Andrés Pérez González, contra la POLICIA METROPOLITANA DE CARACAS adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES DE INTERIORES Y JUSTICIA, esta Corte dictó decisión por medio de la cual: 1. Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto, 2. CON LUGAR la apelación ejercida, 3. NULO el fallo apelado, 4. SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido.