En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 21 de Abril de 2006, por el ciudadano RAFAEL ALEXANDER VERASTEGUI SILVA, contra la sentencia dictada el 07 de Abril del 2006, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Puerto Cabello.- SEGUNDO: Ofíciese lo conducente a la empresa PDVSA, Refinería El Palito, como Agente de Retención, remitiéndole copia certificada de la presente decisión, a los fines de que retenga el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales que le corresponden al ciudadano RAFAEL ALEXANDER VERASTEGUI SILVA, a consecuencia de la terminación de la relación laboral, en .....