Este Tribunal, en aras de la final liquidación de lo litigado, previas las deducciones correspondientes, ordena oficiar al Banco respectivo, que lo es el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, a los fines de determinar el monto acumulado en la cuenta aperturada a nombre del apoderado del ejecutante de autos, tras cuya información se decidirá lo conducente. y ASÍ SE DECLARA.