este SALA DE JUICIO NÚMERO X DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de FIJACION de OBLIGACION de MANUTENCIÓN presentada, por el adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y Adolescente), quien debidamente asistido por la profesional del derecho LIGIA JOSEFINA CASTILLO GUZMÁN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad Número V-5.526.548 e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 40.322, demandó en nombre y representación propia, al Ciudadano ALESSIO PIEMONTI SEBENI, antes identificado, en consecuencia, a tenor de lo establecido en el artículo 369 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se deja .....