Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, intentó la sociedad mercantil AZAI PUBLICIDAD 777, C.A., representada por su apoderado judicial ciudadano LEOPOLDO MICETT CABELLO, contra la sociedad mercantil INVERSIONES DIVINOS PECADOS, C.A., representada por su apoderado judicial ciudadano GERMAN DE LA ROSA CANO; y en consecuencia; desistido el RECURSO EXTRAORDINARIO DE INVALIDACIÓN, interpuesto en fecha 25 de junio de 2.014, por el ciudadano GERMAN DE LA ROSA CANO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES DIVINOS PECADOS, C.A., parte r.....