La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró la Perención de la Instancia en la demanda por cobro de bolívares; NIEGA la homologación del desistimiento presentado por la parte demandante; declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto; EVOCA por razones de orden público el fallo dictado en fecha 13 de julio 2010 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. (Vid Sentencia) 01