IV
DECISIÓN
A la luz de los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITNA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: Con lugar la Inhibición fundamentada en el ordinal 10º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, formulada por el Dr. Eder Jesús Solarte Molina, en su condición de Juez a cargo del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, surgida en el juicio que por Resolución de Contrato sigue la sociedad financiera BANCO LATINO, C.A., contra la sociedad mercantil INVERSIONES RAMAJU, S.A.
SEGUNDO: Remítase copia certificada de la presente decisión al Juez Inhibido
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y s.....