PRIMERO: El ciudadano LUÍS ENRIQUE ROJAS MARCHENA voluntariamente ofrece aportar la obligación de manutención por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) mensuales, y en los meses de agosto y diciembre aportará la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 4.000,00), que serán entregados a la madre de la niña, y ésta firmará recibo mientras apertura una cuenta bancaria, más el 50% en los gastos en medicinas, consultas médicas, especializadas, hospitalización, serán costeados de manera alterna. Así mismo acuerdan fijar el régimen de convivencia familiar de la siguiente manera: PRIMERO: El padre compartirá el sábado con su hija de 03 años, todo el día. SEGUNDO: En cuanto a la época decembrina, carnaval, semana santa y vacaciones escolares, serán compartidos la mitad con el padre y la otra mitad con la madre, de manera alterna. Y a su vez, la ciudadana SAMANTA DEL CARMEN RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ, declara estar conforme con el ofrecimiento realizado por el padre de sus hijas y el régimen de .....