PRIMERO: se ADMITE LA ACUSACION fiscal en contra de DANNY JOSÉ VASQUEZ PUERTA, titular de la cédula de identidad N° (....), por el delito imputado y calificado por la fiscalía VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana REINA VIRGINIA COLMENAREZ FLORES, titular de la cédula de identidad Nro. (....), así como los medios probatorios ofrecidos por la Fiscalía del Ministerio Público, por ser lícitos, necesarios y pertinentes; por cuanto se evidencia del escrito acusatorio y sus anexos tales como: 1.- Denuncia, de la víctima de autos, de fecha 04-09-2013 rendida ante la Sede del Cuerpo de Investigaciones, Científica, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barquisimeto. 2.- Acta De Imposición De Derechos De La Víctima, de la misma fecha. 3.- Acta de Imputación de Medidas de Protección y Seguridad, de fecha 04/09.....