DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta la Nulidad Absoluta de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad dictada por el Juez Cuarto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 12 de octubre de 2006, al imputado JUAN CARLOS PARRA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar, de 25 años de edad, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el Barrio Carpintero, calle principal, zona 01, casa Nº 512, Petare, Municipio Sucre, Estado Miranda y titular de la Cédula de Identidad N° V-13.762.212; en virtud de haber incurrido dicho Tribunal en infracción del artículo 49, ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del artículo 246 del Có.....