este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la Demanda de Contenido Patrimonial, interpuesta por el ciudadano MIGUEL RUMANZEW CZUBINSK, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.080.789, asistido por los abogados HAYDEE DEL CARMEN RAMIREZ PEREZ y HECTOR ENRIQUE MANZANILLA BALZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V.- 11.980.267 y V.- 8.740.608, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 99.731 y 54.486, correspondientemente, contra el Contrato de Compra Venta registrado por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Valencia del estado Carabobo, en fecha 14 de enero de 2016, quedando inscrito bajo el número 2016.24.....