Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por motivo de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO intentado por el BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL, a través de sus Apoderados Judiciales, Abogados NESTOR ALVAREZ, JACKSON PEREZ, MARLENE RODRIGUEZ y ANTONIO GARCIA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 36.399, 48.195, 33.928 y 131.462, respectivamente en contra del ciudadano: DOUGLAS JOSE PACHECO LARA, todos plenamente identificados en autos. En consecuencia, PRIMERO: Se declara resuelto el contrato celebrado en fecha veintisiete (27) de Octubre de dos mil seis (2006) y archivado por ante la Notaría Pública Primera del estado Barinas, en fecha veintidós (22) de Diciembre de 2008 de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Registro Público y del Notariado; y .....