ordena la rectificación del Acta de Matrimonio inserta bajo el N°. 249, de los libros de Registro Civil de Matrimonio llevados por la Primera Autoridad Civil de La Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente al año 1994. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la trascripción errónea de los números de Cédula de los cónyuges, quedando de ello demostrado que el número de cédula de la ciudadana: YASNIL GREGORIA MENDEZ DE QUIJADA es: 6.220.215 y no 6.270.215, y el número de cédula del ciudadano MARIO ANTONIO QUIJADA es: 4.300.811 y no 4.300.814 tal y como fue asentado en el Acta cuya rectificación se pretende. A tal efecto, en vez de decir, que el número de cédula del ciudadano MARIO ANTONIO QUIJADA es 4.300.814 debe decir que es 4.300.811 y en vez decir que el número de cédula de la ciudadana YASNIL GREGORIA MENDEZ es 6.270.215 debe decir que es: 6.220.215.-