DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la presente demanda por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE, interpuesto por el ciudadano OMAR RIVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.247.659, representado por los abogados EUCLIDES SEBASTIANI MARQUEZ y JOSE RAMON CONTRERAS QUIROZ, Inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 64.079 y 31.534, respectivamente, mediante poder apud acta conferido para sus efectos, en contra .....